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miércoles, 23 de agosto de 2017

ley de acceso a la informacion publica

Ley de acceso a la información publica

El objetivo de esta ley es Garantizar a toda persona interesada, sin discriminación alguna, el derecho a solicitar y a tener acceso a la información pública en posesión de las autoridades y sujetos obligados por la presente ley y garantizar la transparencia de la administración pública. 

Esta ley es de orden público, de interés nacional y utilidad social; establece las normas y los procedimientos para garantizar a toda persona, natural o jurídica, el acceso a la información o actos de la administración pública que se encuentre en los archivos, fichas, registros, base, banco o cualquier otra forma de almacenamiento de datos que se encuentren en los organismos del Estado.   

Este documento fue creado para el uso exclusivo de: SECRETARIA DE CONTROL Y TRANSPARENCIA /Renovación Geovanni Jeréz (Rodolfo Valenzuela) DECRETO 57-2008 municipalidades, instituciones autónomas y descentralizadas y las entidades privadas que perciban, inviertan o administren fondos públicos, incluyendo fideicomisos constituidos con fondos públicos, obras o servicios públicos sujetos a concesión o administración.
Se debera mantener, actualizada y disponible, en todo momento, de acuerdo con sus funciones y a disposición de cualquier interesado, la información que podrá ser consultada de manera directa o a través de los portales electrónicos.

El acceso a la información pública será limitado de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala. Existe Información confidencial e información reservada la cual, en ningún caso podrá clasificarse como confidencial o reservada la información relativa a investigaciones de violaciones a los derechos humanos fundamentales o a delitos de lesa humanidad, así mismo cuando esta sea solicitada mediante una orden judicial.

El procedimiento para el acceso a la información pública se inicia mediante solicitud verbal, escrita o vía electrónica que deberá formular la persona interesada, a través de la Unidad de Información.
Todo funcionario público, servidor público o cualquier persona que infrinja las disposiciones de la presente ley, estarán sujetos a la aplicación de sanciones administrativas o penales de conformidad con las disposiciones previstas en la presente ley y demás leyes aplicables
Las fechas importantes de la Ley de Acceso a la Información Pública son las siguientes:
·         Fue aprobada por el Congreso de la República el 23 de Septiembre del 2008
·         Fue sancionada por el Presidente de la República el 22 de Octubre del 2008
·         Fue publicada en el Diario Oficial el 23 de Octubre del 2008

·         Entró en vigencia el 21 de Abril del 2009

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